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México promete no subir impuestos en 2027 Las empresas pagarán más de todos modos

hace 8 horas
4 min de lectura

Hacienda promete que en 2027 no habrá impuestos nuevos ni aumentos al ISR o al IVA. Pero la letra chica cuenta otra historia: un nuevo límite a las deducciones, recorte al uso de pérdidas y una frontera de 50 millones de pesos que parte en dos al sistema tributario. Esto es lo que de verdad cambia para tu empresa y tu bolsillo. El pasado 8 de septiembre, la Secretaría de Hacienda entregó al Congreso el Paquete Económico 2027. El titular oficial es tranquilizador: no se crean impuestos nuevos y las tasas del ISR y el IVA se quedan igual.


Pero quien se detiene en el detalle descubre una reforma más ambiciosa de lo que aparenta, construida sobre una idea central: recaudar más apretando el cumplimiento, no subiendo las tasas.

Aquí desglosamos, punto por punto, lo que este paquete significa para empresas, ahorradores y pequeños contribuyentes:

La frontera de los 50 millones de pesos El paquete traza una línea que reordena todo el sistema: 50 millones de pesos de ingresos anuales. Debajo de esa cifra, la palabra clave es confianza; por encima, control.

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) amplía su alcance. El techo sube de 35 a 50 millones de pesos para personas morales, y de 3.5 a 5 millones para personas físicas. Con ello, miles de negocios más podrán acceder a reglas simplificadas.

Y hay un cambio de fondo: el régimen dejaría de ser obligatorio para convertirse en opcional. Es decir, quien cumpla los requisitos podrá elegir entre RESICO y el régimen general según le convenga, e incluso reincorporarse si había salido por exceder el límite. Para completar el incentivo, se amplían los porcentajes de deducción de inversiones, favoreciendo a quien capitaliza su empresa.


El verdadero giro: pagar más ISR sin que suba la tasa Aquí está el corazón de la reforma, y también su punto más delicado.

Para las personas morales con ingresos superiores a 50 millones de pesos que generen utilidad, nace un nuevo mecanismo de control de deducciones (el Capítulo X de la Ley del ISR). Funciona así:

Si tus deducciones autorizadas superan el 96.67% de tus ingresos acumulables, solo podrás deducir hasta ese tope en el ejercicio. El resto no se pierde, pero se difiere a años posteriores.

El efecto es sutil y poderoso: la tasa del ISR no cambia, pero la base sobre la que se calcula sí crece. Una empresa puede tener gastos reales, necesarios y bien documentados y, aun así, no poder deducirlos todos en el año. Menos deducción significa mayor utilidad fiscal, y eso se traduce en más ISR y menos flujo de efectivo.


El golpe es especialmente duro para negocios con márgenes estrechos, donde cada punto porcentual de deducción cuenta.


Las pérdidas fiscales dejan de ser un escudo total

La propuesta también limita el uso de pérdidas de ejercicios anteriores. Para los contribuyentes alcanzados por estas reglas, las pérdidas acumuladas ya no podrían absorber toda la utilidad del ejercicio: el tope sería el 50%.


En la práctica, esto significa que una empresa que viene de años de inversión, expansión o números rojos podría verse obligada a pagar ISR aunque en los hechos aún no haya recuperado terreno. Es un riesgo financiero real para compañías en etapas de crecimiento.

Buenas noticias para quien ahorra


No todo aprieta. Para las personas físicas con inversiones en el sistema financiero, la retención anual de ISR sobre el capital que genera intereses bajaría de 0.90% a 0.68%. Es un alivio modesto pero directo para el ahorrador, que verá una menor retención provisional sobre sus rendimientos.

El IEPS carga con la recaudación

Sin impuestos generales nuevos, el peso de la recaudación recae en los llamados "impuestos saludables": el IEPS sobre productos con alto contenido de azúcar, sodio y alcohol.

La novedad más técnica llega para el sector de combustibles: a partir de julio de 2027, se pagaría IEPS sobre la diferencia entre los litros vendidos y los adquiridos en el mes, cerrando un margen que hasta ahora quedaba fuera del radar fiscal.

Una ventana para repatriar capitales

El paquete reactiva un incentivo atractivo: quien regrese al país recursos mantenidos en el extranjero podría pagar ISR a una tasa preferencial de 7.5%, siempre que esos recursos se inviertan en México en activos y proyectos considerados estratégicos para el desarrollo productivo.

¿Cuándo entra en vigor? Todavía hay tiempo para planear

Es importante recordar que, por ahora, todo esto es una iniciativa. Para convertirse en ley debe aprobarse en la Cámara de Diputados (antes del 20 de octubre) y en el Senado (antes del 31 de octubre), y luego publicarse en el Diario Oficial de la Federación. De aprobarse, entraría en vigor el 1 de enero de 2027.

Ese calendario deja una ventana valiosa. Las empresas cercanas o por encima del umbral de 50 millones harían bien en auditar desde ahora su planeación: revisar la relación entre deducciones e ingresos, cuantificar el impacto en pagos provisionales y en el ISR anual, y evaluar si conviene adelantar inversiones o reestructurar operaciones antes de que cambien las reglas.

El mensaje de fondo

El Paquete Económico 2027 confirma una tendencia que se venía anticipando: el gobierno apuesta por elevar la recaudación —que alcanzaría un máximo histórico de 15.9% del PIB— sin el costo político de subir tasas. La estrategia es cerrar espacios, limitar deducciones y reforzar el cumplimiento. Para el contribuyente, la conclusión es clara: en 2027, la planeación fiscal deja de ser opcional y se vuelve la mejor defensa.

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